“Fuero
1. Poder o autoridad, especialmente el que se tiene sobre cierta comunidad o lugar: el fuero eclesiástico era independiente del poder judicial.
2. Foro interno, el que poseen las personas para aprobar las buenas acciones y rechazar las malas: cada uno decidirá según su fuero interno.
3. Conjunto de leyes o normas: el rey otorgó un fuero a la ciudad.
4. fig. Orgullo excesivo: no tengas tantos fueros.
[Vox – Diccionario para la enseñanza de la lengua española. Alcalá de Henares: Universidad de Alcalá de Henares, 1997, p. 539]
u
“Fuero (del lat. Forum, ‘tribunal’)
§ En los reinos de la península Ibérica durante la edad media, disposición otorgada por un soberano en la que se fijaba el estatuto jurídico (derecho consuetudinario y privilegios) de un territorio o localidad.
§ Compilación de textos legales.
§ Compilación de los derechos y privilegios de una localidad, territorio o estamento.
§ Autoridad, poder.
§ Privilegio, franquicia, inmunidad (suele usarse en plural).
§ Fam. Presunción, orgullo (suele usarse en plural).
§ El Fuero de los Españoles. Ley del estado español promulgada en 1945 y modificada en 1967, en la que se declaraban los derechos y deberes de los españoles según los principios franquistas.
§ Fuero del Trabajo. Ley básica laboral del régimen franquista promulgada en Burgos (1938)
§ Fuero juzgo. Nombre dado a la versión castellana (siglo XIII) del Liber iudiciorum, compilación que articulaba la legislación de godos e hispanos en el reino de Toledo (655); usado en los reinos feudales de la península Ibérica en la alta edad media.
§ Fueros municipales. Derecho consuetudinario de observancia local, comarcal, regional o nacional, que disfrutaban los habitantes de las ciudades y poblaciones de la España medieval.
No hay comentarios:
Publicar un comentario